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HABILITACIONES

Todo equipo de GNC nuevo que sea instalado deberá ser dado de alta por el productor de equipos completos (PEC) que fabrique el mismo. Durante la habilitación el PEC le otorgara al usuario la oblea y la cedula amarilla, la cual tendrá una validez de un año desde la fecha de la conversión. Asimismo, el PEC registrara ese nuevo equipo en la base de datos del ENARGAS, dejando asentada la fecha de la conversión y los datos del cilindro y regulador colocado.

En IZAWA contamos con un departamento de habilitaciones, el cual se encarga de hacer dichos trámites en el menor tiempo posible, garantizando la entrega de las habilitaciones de equipos en 24 Horas.

Para comunicarse con el departamento de habilitaciones visite nuestro centro de contactos en esta página, ya sea vía e-mail, telefónicamente o personalmente.

Documentos que debe recibir el usuario en el momento de la habilitación de un equipo para GNC:

1. Tarjeta Amarilla firmada por el representante técnico del Productor de Equipo Completo (PEC).

2. Un ejemplar de la Ficha Técnica firmada por el Representante Técnico del PEC. Se recomienda guardar este documento con el título de propiedad del vehículo y no llevarlo con la documentación que transporta habitualmente de éste.

3. Un ejemplar del "Manual de instrucción para el uso del equipo para GNC emitido por el PEC habilitante

4 . La garantía del equipo completo

5. El TdM adherirá la oblea de autorización de carga de GNC, según lo que establezca la normativa vigente al momento de la operación.

Nota: el Taller de Montaje (TdM) deberá proveerle la siguiente documentación dentro de los DIEZ (10) días corridos siguientes a la fecha de la firma de la Ficha Técnica.