HABILITACIONES
Todo equipo de GNC nuevo que sea instalado
deberá ser dado de alta por el productor de
equipos completos (PEC) que fabrique el mismo. Durante la
habilitación el PEC le otorgara al usuario la oblea
y la cedula amarilla, la cual tendrá una validez de
un año desde la fecha de la conversión. Asimismo,
el PEC registrara ese nuevo equipo en la base de datos del
ENARGAS, dejando asentada la fecha de la conversión
y los datos del cilindro y regulador colocado.
En IZAWA contamos con un departamento de
habilitaciones, el cual se encarga de hacer dichos trámites
en el menor tiempo posible, garantizando la entrega de las
habilitaciones de equipos en 24 Horas.
Para comunicarse con el departamento de habilitaciones
visite nuestro centro de contactos en esta página,
ya sea vía e-mail, telefónicamente o personalmente.
Documentos que debe recibir el usuario
en el momento de la habilitación de un equipo para
GNC:
1. Tarjeta Amarilla firmada por el representante
técnico del Productor de Equipo Completo (PEC).
2. Un ejemplar de la Ficha Técnica firmada por el Representante
Técnico del PEC. Se recomienda guardar este documento
con el título de propiedad del vehículo y no
llevarlo con la documentación que transporta habitualmente
de éste.
3. Un ejemplar del "Manual de instrucción para
el uso del equipo para GNC emitido por el PEC habilitante
4 . La garantía del equipo completo
5. El TdM adherirá la oblea de autorización
de carga de GNC, según lo que establezca la normativa
vigente al momento de la operación.
Nota: el Taller de
Montaje (TdM) deberá proveerle la siguiente documentación
dentro de los DIEZ (10) días corridos siguientes a
la fecha de la firma de la Ficha Técnica.
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