Baja de componentes:
Operación que consiste en el desmontaje del equipo completo
o de alguna de sus partes motivada por cuestiones de
seguridad, para no volver a instalarlo o habilitarlo
en ningún vehículo.
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Carta compromiso de conformidad:
Documento por el cual el propietario autoriza la destrucción
del cilindro, su válvula, o ambos, previo a su
revisión, en caso que no cumpliera/n en forma
satisfactoria con los requerimientos que indica la normativa
vigente del ENARGAS. |
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Cédula de Identificación
del equipo para GNC (Tarjeta amarilla):
Credencial plastificada emitida por el PEC para ser
entregada al usuario, que certifica la autenticidad
de los datos y que el equipo de conversión instalado
en el automotor cumple con las normas vigentes del ENARGAS.
Asimismo, indica los datos del vehículo, N° de oblea,
características identificatorias del regulador de presión,
cilindros, N° del TdM, y fecha de vencimiento de la
habilitación. Es renovable simultáneamente con la Oblea
de Vigencia de la Habilitación y con la Ficha Técnica. |
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Centros
de Revisión Periódica de Cilindros para GNC (CRPC):
Persona física o jurídica con suficiente responsabilidad
civil, técnica, económica y financiera, que realiza
la revisión del cilindro para GNC de acuerdo con la
normativa vigente en la materia. |
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Código
de homologación (Código):
Designación alfanumérica que permite identificar la
marca y el modelo de un componente del equipo completo
para GNC. |
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Código
de CRPC:
Designación que identifica a un CRPC inscripto en el
Registro de Matrícula Habilitante del ENARGAS. |
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Código
de PEC:
Designación numérica que identifica a un PEC inscripto
en el Registro de Matrícula Habilitante del ENARGAS. |
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Código de TdM:
Código alfanumérico que identifica unívocamente a un
TdM.
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Conversión:
Operación que consiste en instalar y habilitar un equipo
completo para GNC para que el vehículo automotor pueda
utilizar gas natural como combustible. |
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Desmontaje:
Operación que consiste en retirar de un automotor, el
equipo completo o alguno de sus componentes, a efectos
de reinstalarlo en otro automotor. Cuando se trate del
desmontaje del equipo completo, se consignará en la
ficha técnica la operación de Baja. |
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Equipo
Completo para GNC:
Conjunto de componentes que se instalan en el vehículo
automotor con el fin de propulsarlo con gas natural.
Está constituido por: " Cilindro de almacenamiento del
GNC " Reductor de presión " Válvula de carga " Válvula
de bloqueo del cilindro " Dosificador/Mezclador aire-gas
" Tubería alta presión y sus accesorios " Electroválvulas
para nafta y gas natural " Dispositivo de sujeción del
cilindro " Llave conmutadora " Sistema de venteo |
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Ficha
Técnica del equipo para GNC (Ficha Técnica):
Documento en tres ejemplares asignado a un equipo completo
que ha sido montado, modificado, revisado, desmontado
o dado de baja, bajo la responsabilidad de un PEC, quien
certifica la autenticidad de los datos y que la operación
indicada cumple con las normas correspondientes. Renovable
simultáneamente con la oblea de vigencia de la habilitación
y con la cédula de identificación del equipo para GNC
asociadas a dicha Ficha Técnica. |
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Gas Natural
Comprimido (GNC):
Mezcla de hidrocarburos en estado gaseoso, compuesta
principalmente por metano, almacenada en automotores
a una presión normal máxima de trabajo de 200 bar a
21 ± 1°C. |
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Modificación:
Operación que consiste en: " el reemplazo de una o más
partes del equipo completo para GNC y su posterior habilitación;
o " la sustitución de la oblea de vigencia de la habilitación
cuando se produzca su deterioro. En ambos casos, dentro
del período de vigencia de la revisión anual. |
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Oblea
de Vigencia de la Habilitación (Oblea):
Etiqueta autoadhesiva especial, numerada, entregada
por ENARGAS a los PEC para adherir en la parte superior
derecha del parabrisas del vehículo convertido, modificado
o revisado, luego de verificada las correctas condiciones
para su uso con GNC del equipo completo instalado, por
parte de los TdM habilitados, en la que se distingue
el mes en que caduca la habilitación del equipo completo;
renovable simultáneamente con la ficha técnica y la
tarjeta amarilla. Señor Usuario, sin este elemento vigente
adherido al parabrisas, no se podrá cargar GNC en las
Estaciones de Carga habilitadas. Mediante el dictado
de la Resolución Nº 139/95, con las modificaciones introducidas
por la Resolución N° 2603, el ENARGAS instrumentó procedimientos
a ser cumplimentados dentro del sistema de GNC a efectos
de identificar a los vehículos habilitados dentro de
condiciones de seguridad y conforme a la normativa vigente
que garanticen la seguridad pública, y reviste carácter
de documento público. Por Resolución ENARGAS N° 197/95,
se estableció que los responsables por el expendio del
GNC deberán verificar, en forma previa a la carga, que
los vehículos propulsados con dicho combustible, exhiban
en el extremo superior derecho de su parabrisas, la
oblea de vigencia de la habilitación del equipo para
GNC de uso obligatorio. |
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Operación:
Se entiende por operación, ya sea una conversión, revisión
anual, modificación, desmontaje, baja o reinstalación.
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Organismo
de Certificación:
Entidad acreditada por el ENARGAS para la planificación,
coordinación, administración y ejecución integral de
los trabajos relacionados con la aprobación y certificación
de la calidad de los productos para la industria del
gas, garantizando el cumplimiento en los aspectos técnicos,
de eficiencia, seguridad, uso racional de la energía
y conservación del ambiente, de las normas que el ENARGAS
decida aplicar. |
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Productor
de Equipos Completos para GNC (PEC):
Persona física o jurídica con suficiente responsabilidad
civil, técnica, económica y financiera que: " arma el
equipo completo para uso del GNC en automotores y lo
hace aprobar en un Organismo de Certificación reconocido
por el ENARGAS, " habilita la operación y emite la documentación
correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente,
y " capacita y controla los TdM por él habilitados. |
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Reinstalación:
Operación que consiste en la modificación, o conversión
de un vehículo automotor, con un equipo completo para
GNC o alguna de sus partes que fueron desmontadas de
otro vehículo. |
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Revisión
anual:
Operación que consiste en la verificación, mediante
exámenes obligatorios programados, de las condiciones
necesarias para considerar segura y eficiente la instalación
y el funcionamiento del equipo completo instalado, sobre
la base de la normativa vigente, y su posterior habilitación
por el término de un año. |
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SICGNC:
Sistema Informático Centralizado de GNC del ENARGAS.
El propietario del equipo para GNC podrá ingresar a
dicho sistema a través de este sitio de Internet, exclusivamente
con el número de documento. |
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Taller
de Montaje (TdM):
Persona física o jurídica, con suficiente capacidad
técnica para efectuar las operaciones, de acuerdo con
el procedimiento y capacitación recibida por parte del
PEC que lo habilitó y con el cual está vinculado contractualmente,
sobre la base de la normativa vigente. |
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Trazabilidad:
Aptitud de reconstruir la historia, la utilización o
la localización de un componente del equipo completo
para GNC, por medio de identificaciones registradas.
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